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Tras la resolución favorable de los tribunales, Hacienda devuelve las cantidades doblemente pagadas Se trata, sin duda, de una sentencia histórica para el sector dadas las especiales circunstancias que sufren muchos profesionales bajo el ‘caso IVA’. La sociedad cooperativa TiendasOro ha ganado el contencioso frente a Hacienda, lo que significa la devolución a los contribuyentes afectados, por parte de la administración tributaria de Zamora, tanto de las cantidades pagadas como de los intereses legales derivados. Ha quedado claro que los joyeros han pagado dos veces, y así lo han reconocido los tribunales. La sociedad cooperativa TiendasOro, que agrupa a joyerías independientes repartidas por todo el territorio nacional, ha dado un paso sin precedentes conocidos en el conflicto relativo al IVA aplicable a las compras de oro por detallistas y mayoristas. La asociación, constituida en 1992, fue objeto, en el año 2001, de una inspección general del impuesto citado de los ejercicios comprendidos en el periodo 1997-2000, al final del cual el único objeto de discrepancia por parte de la hacienda pública se centraba en la interpretación de la aplicación del tributo citado en las facturas de compra y su posterior deducción en las declaraciones trimestrales. Como en tantos otros casos ocurridos en el sector, la postura de Hacienda suponía soportar doblemente el gravamen, ya que ninguno de los proveedores que indebidamente (según la inspección) cobraron el impuesto, ni accedieron a devolver el mismo a TiendasOro, ni aportaron la colaboración solicitada para obtener la devolución por parte de Hacienda del IVA cargado en sus facturas. Ante esta circunstancia, el consejo rector de la cooperativa acordó encargar la defensa jurídica de sus intereses al bufete de abogados de Cuatrecasas, gracias a cuya intervención se ha conseguido finalmente el fallo favorable de los tribunales de justicia y la consiguiente actuación por parte de la administración tributaria. Destaca además en este caso, que la demanda haya sido estimada en el Tribunal Económico Administrativo Regional, sin necesidad de recurrir a la vía contencioso administrativa por parte del contribuyente, el cual optó en su momento por acceder al pago de las cantidades solicitadas por Hacienda, reclamando a continuación la devolución de las mismas y el pago de los intereses legales. Puede afirmarse, sin duda, que esta resolución tiene carácter histórico por cuanto da lugar a la primera devolución efectiva de esta naturaleza que se conoce hasta el momento, y se trata de un acontecimiento especialmente positivo, tanto por el reconocimiento del derecho de esta cooperativa, como por el hecho de que el mismo pueda indicar el comienzo de la solución favorable para otros muchos joyeros del sector, ante una situación evidentemente injusta para todos aquellos que se limitaron a cumplir con las instrucciones que sus proveedores habituales de metal les imponían al emitir sus facturas. TiendasOro, que inició su andadura en 1992, reúne a joyerías independientes, dentro del ámbito nacional, que se benefician de las ventajas que derivan de la pertenencia al grupo: mejoras en el apartado de compras, asesoramiento y trasvase de información, prestación de servicios publicitarios, etc. La postura de Hacienda suponía soportar doblemente el gravamen Esta resolución tiene carácter histórico por cuanto da lugar a la primera devolución de dicha naturaleza Un caso similar al de Córdoba La resolución favorable de los tribunales a lo defendido por la cooperativa TiendasOro abre nuevas espectativas para que Córdoba logre definitivamente un final feliz en el denominado ‘caso IVA’. El problema cordobés es similar al que se planteó en TiendasOro, la administración tributaria reclamó el pago directo de un IVA que en principio se pagó al proveedor del metal. Esta imagen de archivo corresponde a octubre del año 2001, cuando el sector cordobés en su totalidad salió a la calle para protestar por el “caso IVA”. Fueron casi tres años de incertidumbre, hasta que en enero de 2004, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía reconocía el pago del IVA y suspendía la mayor parte de las sanciones.
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